Información

Localización:
Distrito del Cercado de Lima, Centro Histórico de Lima, Barrios Altos

Ubicación:
Dirección:
Jr. Junín Nos. 975, 979, 989, 993, 999 y
Jr. Cangallo Nos. 298, 290, 288, 286, 284, 280, 278, 276, 274, 272, 270.

Tenencia del suelo y edificación:
Propiedad privada, independizada en unidades inmobiliarias,.
Total 70 unidades inmobiliarias.

Habitantes:
Nº de habitantes del diseño base: 70 familias, 350 personas
Nº de Habitantes actuales: 15 familias, 75 personas

Condiciones del inmueble:

·         Por Ordenanza Nº 620 – MML “Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana y Ordenanza Nº 893 – MML – 20-12-05, publicada el 27-12-05 “Plano de Zonificación de Lima Metropolitana – Cercado de Lima y Centro Histórico”, corresponde al frente de Jr. Junín la zonificación: ZTE-2 Zona de Tratamiento Especial 2, con Usos Generales Permitidos como: Comercio, Servicios, Talleres y Vivienda, con Altura de Edificación: 9 m. por estar dentro de la Zona Patrimonio Cultural de la Humanidad, el área libre se mantiene en relación a lo existente y al Reglamento Nacional de Construcciones. La línea de edificación debe coincidir con la línea de propiedad, alineándose los frentes de la edificación en toda su longitud, y permitiéndose retiro en el fondo del lote, y para el frente Jr. Cangallo la zonificación: ZTE-2 Zona de Tratamiento Especial 3, con Usos Generales Permitidos como: Vivienda, Comercio y Talleres Artesanales, la altura de edificación, área libre y retiro es igual a ZTE-2

·         Inmuebles de tres (03) pisos en esquina entre Jr. Junín y Jr. Cangallo frente a la Peña Horadada, con arquitectura republicada predominante, edificado el 1º piso en adobe, y el 2º y 3º piso en quincha.

·         Por la obsolescencia de las redes sanitarias como las de desagüe, se  produjeron filtraciones que generaron el humedecimiento de los muros de adobe, ocasionando el desplome y colapso de algunos muros del primer y segundo piso. Frente a ello los habitantes ejecutaron acciones de apuntalamiento para evitar el colapso total.

·         Por Decreto de Alcaldía Nº 177 de la Municipalidad Metropolitana de Lima es declarado MICROZONA DE TRATAMIENTO y Además FINCA RUINOSA.

·         Por el R.J. Nº 509 de 01/09/1988 el INC declarado monumento nacional, tipo Arquitectura Civil Domestica.

·         Se ubica dentro del Área Declarada por UNESCO, Patrimonio Cultural de la Humanidad.

Situación socio – económica de los habitantes:

·         Empleo predominante, independiente (Sastres, vendedores de abastos, comercio ambulatorio otros)
·         Ingreso familiar entre 300 y 700 soles mensuales.